Congresistas y sindicatos solicitan al ministerio de trabajo proteger los derechos de las y los trabajadores de Viva air

March 7, 2023

Tras el cese de operaciones de la aerolínea Viva Air Colombia, familias enteras se están quedando sin sustento. Hoy se conoció que cerca de cinco mil trabajadores y trabajadoras están amenazados de quedar sin empleo, con afectaciones especialmente profundas para mujeres embarazadas y cabezas de familia trabajadores/as enfermos/as, pre pensionados/as y activistas y líderes sindicales.

Por esta razón, las representantes a la Cámara Jennifer Pedraza y María Fernanda Carrascal, junto al Sindicato de los Trabajadores del Transporte Aéreo Colombiano, Servicios Logística y Conexos (Sintratac), la Asociación Colombiana de Auxiliares de Vuelo (ACAV),  la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC), la Asociación Colombiana de Mecánicos de Aviación (ACMA),  y la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte (ITF), solicitaron al Ministerio del Trabajo, al Ministerio del Transporte y a la Aeronáutica Civil emprender, urgentemente, las acciones necesarias para resolver la situación de las y los trabajadores de la aerolínea.

Entre las solicitudes se encuentran:

  1. Que se instale una mesa de trabajo tripartita para construir, junto a las organizaciones sindicales, un plan de acción que proteja los puestos de trabajo y los derechos laborales de las y los trabajadores de Viva Air Colombia.
  1. Que la aerolínea cese las ofertas de retiro voluntario hacia las y los trabajadores ya que esto afecta gravemente a las personas con estabilidad laboral reforzada.
  1. Que el Ministerio del Trabajo prohíbe que la aerolínea presione o firme acuerdos de retiro voluntario con cualquiera de sus empleados o empleadas, porque este mecanismo podría constituir un despido colectivo, vulnerando derechos fundamentales de trabajo. 
  1. Una pronta decisión sobre la integración de Viva Air y Avianca Holding S.A., que garantice los puestos de trabajo actuales y la protección de los derechos de los y las trabajadores, sobre todo a los derechos fundamentales de la libertad de asociación sindical y acudiendo a las facultades legales que tiene el Ministerio de Transporte para proteger el derecho a la libre competencia (artículo 32 de la Ley 1340 de 2009).

Adicionalmente, es importante destacar que, con base en el artículo 67 de la ley 50 de 1990, para hacer despidos colectivos o terminar labores, parcial o totalmente, los empleadores deberán solicitar autorización previa al Ministerio del Trabajo, trámite que aún no se ha llevado a cabo por parte de Viva Air Colombia.

Esta crisis debe ser una oportunidad para aplicar el principio de diálogo social, respaldado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como una estrategia fundamental para encontrar salidas integrales que respeten los derechos fundamentales de todas las partes involucradas.

Bogotá, 6 de marzo de 2023

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